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   Calle San Fernando, 58, entlo. 18. 39010, Santander
   Teléfono: (+34) 942 230 031 - Fax: (+34) 942 074 991
Cantabria,         
SUS FUNCIONES
ARTÍCULO 20º. SEGUN LA L.P.H. Corresponde al Administrador: a) Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares. b) Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos. c) Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente o, en su caso, a los propietarios. d) Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes. e) Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad. f) Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.
SU FORMACIÓN SUS FUNCIONES CAMPO DE ACTUACIÓN SUS GARANTIAS